Artículo 161 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los miembros del Tribunal contarán con los secretarios que fueren necesarios y con el personal inferior indispensable, teniendo los primeros el carácter de actuarios para evacuar todas las diligencias que les fueren encomendadas por los árbitros.
Los secretarios y empleados del Tribunal estarán sujetos al presente Código; pero los conflictos que se suscitaren con motivo de la aplicación del mismo, serán resueltos por las autoridades locales del Trabajo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.