Artículo 160 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser miembro del Tribunal de Arbitraje del Estado se requerirá:
I.- Ser mexicano en pleno goce de sus derechos civiles;
II.- Ser mayor de veintiún años;
III.- No haber sido condenado por infracciones contra la propiedad o sentenciado a sufrir pena mayor de un año de prisión por cualquiera otra clase de infracción antisocial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.