Código Administrativo estatal

Artículo 1651 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los bienes a que se refiere el artículo anterior pasarán a formar parte del dominio público del Estado cuando sean destinados al uso común, a un servicio público o a alguna de las actividades que se equiparan a los servicios públicos.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)

CAPITULO II DEL DOMINIO PÚBLICO (REUBICADO, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1651 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Los bienes a que se refiere el artículo anterior pasarán a formar parte del dominio público del Estado cuando sean destinados al uso común, a un servicio público o a alguna de las actividades que se equiparan a los…

¿Está vigente el artículo 1651?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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