Código Administrativo estatal

Artículo 1668 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para destinar un inmueble propiedad del Estado a determinado servicio público, el Ejecutivo del Estado expedirá un acuerdo que comunicará a la Secretaría de Hacienda.

El cambio de destino de un inmueble dedicado a un servicio público, así como la declaración de que aquél ya no es propio para tal aprovechamiento, deberá hacerse por decreto que expedirá el Congreso, oyendo previamente la opinión del Poder Ejecutivo o del Judicial, en su caso.

(REUBICADO, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1668 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Para destinar un inmueble propiedad del Estado a determinado servicio público, el Ejecutivo del Estado expedirá un acuerdo que comunicará a la Secretaría de Hacienda. El cambio de destino de un inmueble dedicado a un…

¿Está vigente el artículo 1668?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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