Artículo 1679 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La subasta se practicará el día y a la hora señalados, ante la autoridad que determine el reglamento y se ajustará a las disposiciones relativas a remates administrativos. También se estará a estas disposiciones para determinar la deducción que deba hacerse en cada una de las almonedas si no hubiere postores en la anterior o si las posturas no fueren admisibles. En todo caso, la aprobación del remate corresponderá a la Secretaría de Hacienda.
(REUBICADO, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.