Artículo 1692 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Registro de la Propiedad Estatal será público y los encargados de él tienen obligación de permitir a las personas que lo soliciten, que se enteren de las inscripciones que existen en los libros respectivos y de los documentos relacionados con las inscripciones, que estén archivados en sus apéndices y expedirá cuando sean solicitadas, y de acuerdo con la ley, copias certificadas de las inscripciones y constancias.
(REUBICADO, P.O. 28 DE AGOSTO DE 1982)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.