Código Administrativo estatal

Artículo 1705 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando la expropiación sea solicitada por una Entidad, deberá anexarse copia del acta de sesión de su Junta de Gobierno, Directiva, Consejo de Administración o Comité Técnico, en la que se apruebe o autorice la solicitud de expropiación.

(REFORMADO, P.O. 1 DE ENERO DE 2005)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1705 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Cuando la expropiación sea solicitada por una Entidad, deberá anexarse copia del acta de sesión de su Junta de Gobierno, Directiva, Consejo de Administración o Comité Técnico, en la que se apruebe o autorice la…

¿Está vigente el artículo 1705?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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