Código Administrativo estatal

Artículo 1704 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La solicitud de expropiación deberá señalar claramente la causa de utilidad pública que la justifique, así como los fines a que pretenda destinarse el bien y las obras o inversiones que vayan a realizarse.

El escrito por el que se solicite la expropiación, contendrá los siguientes requisitos:

I.- Nombre y domicilio del solicitante;

II.- Los motivos que sustenten su solicitud;

III.- Las causas de utilidad pública que considere aplicables;

IV.- Los beneficios sociales derivados de la expropiación;

V.- Las características del bien que se pretenda expropiar, las que tratándose de inmuebles serán, además, las relativas a ubicación, superficie, medidas y colindancias;

VI.- Nombre y domicilio del propietario o posesionario del bien objeto de la expropiación, así como los documentos que acrediten tal derecho;

VII.- Tratándose de la ejecución de obras, los proyectos y presupuestos respectivos.

(REFORMADO, P.O. 1 DE ENERO DE 2005)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1704 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

La solicitud de expropiación deberá señalar claramente la causa de utilidad pública que la justifique, así como los fines a que pretenda destinarse el bien y las obras o inversiones que vayan a realizarse. El escrito…

¿Está vigente el artículo 1704?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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