Artículo 171 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Secretario General o el de Conflictos del Sindicato, podrán tener carácter de asesores de los trabajadores ante el Tribunal, o en su defecto, nombrar al o los apoderados que acrediten ese carácter mediante oficio de la Directiva del Sindicato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.