Artículo 170 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los funcionarios del Estado podrán hacerse representar por medio de apoderados, que acrediten ese carácter mediante simple oficio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.