Artículo 1712 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los acuerdos de expropiación se ejecutarán por conducto de la Dirección de Gobernación, siempre que los expropiados se nieguen a cumplirlos voluntariamente. Deberán inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.
(REFORMADO, P.O. 1 DE ENERO DE 2005)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.