Artículo 711 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
También serán internados en la Penitenciaría los reos cuyo ingreso ordenen las autoridades federales, y los que hayan sido detenidos en virtud de exhortos librados por las de otros Estados. La asistencia de los mismos se cobrará por el importe íntegro de los gastos que demanden su alimentación, custodia y demás servicios de la prisión en la proporción correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.