Artículo 793 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los maestros de base y los de confianza con puesto base al servicio del sistema educativo estatal serán acreedores:
I.- A disfrutar de las prerrogativas referentes a las disposiciones escalafonarias contenidas en este Código y sus Reglamentos.
II.- A la jubilación o pensión en los términos de la Ley de Pensiones Civiles del Estado.
III.- Al servicio médico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.