Artículo 97 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los pagos deberán efectuarse en el lugar en que los trabajadores presten sus servicios y precisamente en moneda del curso legal o en cheques fácilmente cobrables, salvo los casos en que por razones que lo justifiquen, el trabajador solicite que le sean radicados sus pagos fuera del lugar, a juicio del Tribunal de Arbitraje.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.