Artículo 1727 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1727.- Cuando un contrato haya sido convenido explotando la necesidad imperiosa de una de las partes, la afectada tiene el derecho de solicitar al juez la invalidez del contrato o a que la autoridad le fije obligaciones equitativas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.