Artículo 2662 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2662.- La ley no concede acción para reclamar lo que se gana en el juego prohibido.
El Código Penal señalará cuáles son los juegos prohibidos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.