Artículo 365 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 365.- Las acciones que competen al hijo conforme a las disposiciones de este Capítulo, son imprescriptibles para él y sus descendientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.