Artículo 436 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 436.- Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir, crianza, atención, cuidado, educación y orientación para su correcto desarrollo, buscando su bienestar, crecimiento saludable y armonioso por parte de quienes ejerzan la patria potestad o custodia, sobre aquellos.
Cuando llegue a conocimiento del Ministerio Público que las personas de que se trata no cumplan dicha obligación, promoverá lo que corresponda en beneficio del menor.
(REFORMADO, P.O. 28 DE ABRIL DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.