Código Civil estatal

Artículo 464 de Código Civil del Estado de Campeche

Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 464.- Tienen incapacidad natural y legal:

I. Los menores de edad;

(REFORMADA, P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2017)

II. Los mayores de edad que padezcan alguna discapacidad psicosocial o intelectual, aún cuando tengan intervalos lúcidos;

(REFORMADA, P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2017)

III. Las personas con discapacidad auditiva que no sepan leer y escribir IV.- Los ebrios consuetudinarios y los que habitualmente hacen uso inmoderado de drogas enervantes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 464 de Código Civil del Estado de Campeche?

Art. 464.- Tienen incapacidad natural y legal: I. Los menores de edad; (REFORMADA, P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2017) II. Los mayores de edad que padezcan alguna discapacidad psicosocial o intelectual, aún cuando tengan…

¿Está vigente el artículo 464?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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