Artículo 1313 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1313.- El legado queda sin efecto:
I.- Si por hechos propios u orden del testador el bien legado pierde la forma y denominación que lo determinaban;
II.- Si el bien se pierde por evicción, salvo que el mismo fuere indeterminado y se señalare solamente por género o especie, en cuyo caso responderá de la evicción el obligado a pagar el legado;
III.- Si el bien perece viviendo el testador, o si después de la muerte de éste perece sin culpa del heredero;
IV.- Si el testador enajena el bien legado. Si lo recobra por cualquier
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.