Artículo 1407 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1407.- En el testamento público abierto, el testador manifiesta su última voluntad en presencia de quienes deban autorizar el acto.
En el testamento público cerrado, el testador declara que su última voluntad se encuentra contenida en el pliego que presenta ante los testigos y el Notario que autoriza el acto.
En el testamento público simplificado el testador declara su última voluntad en la forma establecida en los artículos 1468 y 1469 de este Código.
(ADICIONADO, P.O. 15 DE FEBRERO DE 2006)
En el testamento público ológrafo, el testador declara que su última voluntad se encuentra contenida en el pliego que presenta en sobre cerrado ante el Director del Registro Público de la Propiedad y del Notariado, por conducto de los Jefes de Departamento de los Registros Públicos en el Estado.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.