Artículo 1437 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1437.- El sordomudo podrá hacer testamento cerrado con tal de que esté todo el documento escrito, fechado y firmado de su propia mano, y que al presentarlo al Notario, ante tres testigos, escriba en presencia de todos sobre la cubierta, que en aquel pliego se contiene su última voluntad y que va escrito y firmado por él.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.