Código Civil estatal

Artículo 1955 de Código Civil del Estado de Chihuahua

Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1955.- El acreedor está obligado a aceptar el pago hecho por un tercero;

pero no está obligado a subrogarle en sus derechos, fuera de los casos previstos en los artículos 1941 y 1942.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1955 de Código Civil del Estado de Chihuahua?

1955.- El acreedor está obligado a aceptar el pago hecho por un tercero; pero no está obligado a subrogarle en sus derechos, fuera de los casos previstos en los artículos 1941 y 1942.

¿Está vigente el artículo 1955?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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