Artículo 2128 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2128.- La promesa de contrato sólo da origen a obligaciones de hacer, consistentes en celebrar el contrato respectivo de acuerdo con lo ofrecido, debiendo observarse lo establecido en los artículos 2130 y 2131 de este Código.
(REFORMADO, P.O. 20 DE JULIO DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.