Artículo 2193 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2193.- La contravención a este pacto hace que el responsable quede obligado a pagar los daños y perjuicios que se originen a aquél con quien contrató, sin que pueda invalidarse el segundo contrato.
(REFORMADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2003)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.