Artículo 2194 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2194.- Queda prohibida la venta con pacto de retroventa, o con cualquier otro que imponga al adquirente la obligación de enajenarlo al vendedor, excepto lo dispuesto en los artículos siguientes.
(REFORMADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2003)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.