Código Civil estatal

Artículo 2196 de Código Civil del Estado de Chihuahua

Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

2196.- Si la cosa fuera mueble, el vendedor dispondrá de tres días para ejercer su derecho de preferencia, después de que el comprador le hubiere hecho saber su decisión de vender y el precio en que pretende hacerlo, bajo pena de perder su derecho si en ese tiempo no lo ejerciere. Si la cosa fuera inmueble, tendrá el término de ocho días para ejercer el derecho, bajo la misma pena.

(REFORMADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2003)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2196 de Código Civil del Estado de Chihuahua?

2196.- Si la cosa fuera mueble, el vendedor dispondrá de tres días para ejercer su derecho de preferencia, después de que el comprador le hubiere hecho saber su decisión de vender y el precio en que pretende hacerlo,…

¿Está vigente el artículo 2196?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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