Artículo 2862 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2862.- La proposición de convenio se discutirá y pondrá a votación, formando resolución el voto de un número de acreedores que compongan más de la mitad de los concurrentes, siempre que su interés en el concurso cubra las tres quintas partes del pasivo, hechas las deducciones señaladas en el artículo que antecede.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.