Artículo 373 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
373.- El adoptado tendrá para con la persona o personas que lo adopten los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo.
(REFORMADO, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1999)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.