Código Civil estatal

Artículo 94 de Código Civil del Estado de Chihuahua

Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

94.- Al escrito que se refiere el artículo anterior, se acompañará:

(REFORMADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2017)

I.- La copia certificada del acta de nacimiento de los pretendientes y en su defecto un dictamen médico que compruebe su edad, cuando por su aspecto no sea notorio que las personas contrayentes poseen la edad mínima para contraer matrimonio.

II.- (DEROGADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2017)

(REFORMADA, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 1987)

III.- La declaración de dos testigos mayores de edad que conozcan a los pretendientes y les conste que no tienen impedimento legal para casarse. Si no hubiere dos testigos que conozcan a ambos pretendientes, deberán presentarse dos testigos por cada uno de ellos;

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2017)

IV.- El convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a sus bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el de Separación de Bienes. Cuando por cualquier motivo no se acompañare el convenio y el matrimonio se celebrare bajo el régimen de Sociedad Conyugal, regirán dicha sociedad las reglas que establece este Código.

(REFORMADA, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 1987)

Si de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 173 fuere necesario que las capitulaciones matrimoniales consten en escritura pública, se acompañará un testimonio de ella;

(F. DE E., P.O. 9 DE ABRIL DE 1988)

V.- Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido, si alguno de los contrayentes es viudo, o de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio o de nulidad del matrimonio, en caso de que alguno de los pretendientes hubiere sido casado anteriormente;

(REFORMADA, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 1987)

VI.- Copia certificada de la dispensa de impedimento si lo hubo; y (REFORMADA, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 1987)

VII.- Constancia expedida por institución médica oficial o privada en que se acredite haber recibido orientación sobre planificación familiar;

(REFORMADA, P.O. 29 DE AGOSTO DE 2012)

VIII.- Constancia expedida por la Oficina del Registro Civil, en la que se acredita el haber recibido orientación, respecto de los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio, y sobre los temas de equidad de género, educación en valores, responsabilidad social, cultura de la legalidad y convivencia familiar; así como de las sanciones a que se hacen acreedores los cónyuges en los casos de la comisión de delitos contra la Familia, haciendo especial énfasis en proporcionar información y orientación para prevenir la violencia familiar.

(ADICIONADA, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2007)

IX.- Exámenes médicos en los cuales se certifique si existe algún padecimiento o no de los futuros cónyuges, a efecto de que éstos tengan pleno conocimiento de la posible enfermedad.

(REFORMADO, P.O. 12 DE SEPTIEMBRE DE 1987)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 94 de Código Civil del Estado de Chihuahua a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 94 de Código Civil del Estado de Chihuahua?

94.- Al escrito que se refiere el artículo anterior, se acompañará: (REFORMADA, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2017) I.- La copia certificada del acta de nacimiento de los pretendientes y en su defecto un dictamen médico que…

¿Está vigente el artículo 94?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.