Artículo 967 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
967.- Las asambleas extraordinarias de condóminos tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
I.- Modificar la Escritura Constitutiva o el Reglamento de Condominio y Administración;
II.- Aprobar la reconstrucción de la unidad en caso de destrucción, ruina o vetustez del condominio;
III.- Cambiar el destino general del Régimen de Condominio o hacer alteraciones substanciales al mismo;
IV.- Aprobar las aportaciones extraordinarias;
V.- Acordar la extinción del Régimen de Propiedad en Condominio;
VI.- Las demás que establezcan la escritura Constitutiva y en el Reglamento.
(REFORMADO, P.O. 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.