Artículo 1344 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1344.- El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción si la cosa fuere indeterminada y se señalase solamente por género o especie.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.