Artículo 1526 de Código Civil del Estado de Durango — Durango
Código Civil del Estado de Durango — Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1526.- La omisión, de la madre no perjudica a la legitimidad de la hija o hijo, si por otros medios legales puede acreditarse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.