Artículo 2095 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2095.- El precio del arrendamiento será libremente fijado por los contratantes, pudiéndose pactar una cantidad fija o sobre un porcentaje de las ventas brutas que se concerten con motivo del espacio arrendado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.