Artículo 2115 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2115.- El contrato de arrendamiento de vehículos automotores, además de los requisitos del arrendamiento ordinario, deberá contener:
I. Lugar de entrega del vehículo;
II. Costo del arrendamiento y posibilidad de que se incremente el mismo en función del kilometraje recorrido;
III. Epoca del pago;
IV. Si existirá o no garantía adicional al seguro que debe contratar el arrendatario;
V. Objeto o fin para el cual se utilizará el vehículo automotor arrendado;
VI. Inventario del vehículo y descripción de los implementos especiales o adicionales que contenga, tales como aire acondicionado, herramientas, aparatos de sonido, o cualquier otro aparato que se encuentre en el vehículo arrendado, para ser revisado al momento de recepción y entrega del vehículo;
VII. Area en la cual se permite que circule el vehículo arrendado;
VIII. Si lo hay, límite de kilometraje diario o total que puede recorrer el vehículo;
IX. Mención de los daños y raspaduras que tenga el vehículo;
X. Fecha y lugar de recepción del vehículo; y XI. La mención del tipo de seguro que contratará el arrendatario para asegurar el vehículo materia del contrato.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.