Artículo 2599 de Código Civil del Estado de Jalisco
Código Civil del Estado de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2599.- Es válido el contrato de compromiso arbitral referente a los derechos pecuniarios que de la declaración del estado civil, pudieran deducirse a favor de una persona; pero el contrato en tal caso, no importará la adquisición del estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.