Artículo 2.5 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.5.- De manera enunciativa y no limitativa, los derechos de las personas físicas y colectivas en lo que sea compatible con su naturaleza son los siguientes:
(REFORMADA, G.G. 6 DE MARZO DE 2010)
I. El honor, la dignidad, el crédito y el prestigio;
4 (REFORMADA, G.G. 6 DE MARZO DE 2010)
II. El aseguramiento de una vida privada y familiar libre de violencia;
III. El respeto a la reproducción de la imagen y voz;
(REFORMADA, G.G. 6 DE AGOSTO DE 2015)
IV. Los derivados del nombre o del seudónimo, de la nacionalidad, de la pertenencia cultural, de la filiación, de su origen y de su identidad.
V. El domicilio;
VI. La presencia estética;
VII. Los afectivos derivados de la familia, la amistad y los bienes;
(REFORMADA, G.G. 6 DE MARZO DE 2010)
VIII. El respeto, salvaguarda y protección de la integridad física, psicológica y patrimonial.
(ADICIONADO, G.G. 9 DE MAYO DE 2014)
Medios para acreditar la identidad de las personas físicas Artículo 2.5 Bis.- Se consideran como medios aceptables y válidos para acreditar la identidad de las personas físicas, los documentos públicos ya sea en original o en copia certificada, expedidos por las autoridades competentes, de manera enunciativa y no limitativa, los siguientes:
I. En caso de menores de edad, el acta de nacimiento, la carta de naturalización y las credenciales expedidas por autoridades educativas que cuenten con autorización o con reconocimiento de validez oficial;
II. La Credencial para votar, el pasaporte, la matrícula consular mexicana, la licencia para conducir y la carta de naturalización;
(REFORMADA, G.G. 7 DE MAYO DE 2015)
III. Las credenciales expedidas por autoridades educativas, las cédulas profesionales o de pasante y en caso de los varones, la cartilla del servicio militar nacional.
IV. Las demás identificaciones reconocidas como oficiales.
(ADICIONADO, G.G. 7 DE MAYO DE 2015)
Estos documentos solo acreditan la identidad de su titular y no así la de su domicilio.
5 Capacidad de ejercicio para donar órganos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.