Artículo 4.158 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.158.- La acción del hijo para reclamar su estado es imprescriptible para él y sus descendientes.
Legitimación de los herederos para reclamar la posesión de estado de hijo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.