Artículo 4.312 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.312.- El tutor tiene, respecto del menor, las mismas facultades que se conceden a los que ejercen la patria potestad.
Reglas para el cónyuge tutor
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.