Artículo 5.2 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.2.- Las cosas están excluidas del comercio por su naturaleza o por disposición de ley.
102 Bienes fuera del comercio por su naturaleza o por ley
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.