Artículo 5.60 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.60.- Posesión continua es la que no se ha interrumpido por alguno de los medios señalados en este Código.
Concepto de posesión pública
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.