Artículo 5.63 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.63.- La posesión se pierde por:
I. Abandono;
112 II. Cesión;
III. Destrucción o pérdida del bien o por quedar éste fuera del comercio;
IV. Resolución judicial;
V. Despojo, si la desposesión dura más de un año;
VI. Reivindicación del propietario;
VII. Expropiación.
Pérdida de posesión de derechos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.