Artículo 6.136 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.136.- Testamento público simplificado es aquél que se otorga ante notario en la escritura en que se consigna la adquisición de una vivienda y su solar o parcela, de un inmueble destinado a vivienda o en la que se consigne su regularización por parte de las autoridades o entidades del Estado o de cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, siempre que tenga el mismo fin o en acto posterior.
(REFORMADO, G.G. 20 DE DICIEMBRE DE 2016)
169 Monto de los bienes, objeto del testamento público simplificado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.