Artículo 6.238 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.238.- El albacea no puede gravar ni hipotecar los bienes sin consentimiento de los herederos o de los legatarios.
Consentimiento para someter a arbitraje
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.