Artículo 6.57 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.57.- Cuando el legado esta sujeto a una condición suspensiva, mientras no se cumpla, el que ha de entregar el bien tendrá los derechos y obligaciones de un usufructuario.
Legatario considerado usufructuario
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.