Artículo 7.226 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.226.- La solidaridad no se presume, resulta de la ley o de la voluntad de las partes.
Acreedores y deudores solidarios
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.