Artículo 7.440 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.440.- El derecho de compensación puede renunciarse.
Derecho del fiador a la compensación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.