Artículo 7.561 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.561.- Los peritos y promotores no pueden comprar los bienes en cuya venta han intervenido.
Compraventa nula
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.