Artículo 7.613 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.613.- La donación es con carga cuando impone algunas obligaciones;
remuneratoria la que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y que éste no tenga obligación de pagar.
Legitimación en la donación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.