Artículo 7.649 de Código Civil del Estado de México
Código Civil del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.649.- Habiendo diversas donaciones otorgadas en el mismo acto o en la misma fecha, se hará la reducción entre ellas a prorrata.
Valor de los bienes muebles donados para la reducción
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.